Entrada de la Audiencia Provincial de Alicante. / EPDA La Audiencia de Alicante ha condenado a un año de prisión a un hombre de 57 años que, para evitar malos olores, provocó un incendio en una vivienda que ocupaba de manera ilegal en un bajo de un edificio de la ciudad.
El fuego se originó después de que dejase descuidada una olla que contenía brasas de fragmentos de madera encendidas, que el encausado había colocado en el falso techo del piso con la intención de atajar los malores olores provocados por aguas fecales.
Así lo declaró el mismo procesado, al ejercer su derecho a la última palabra en el juicio celebrado el pasado 28 de abril, en el que la Fiscalía mantuvo su petición inicial y solicitó que se le impusiera una pena de 11 años de prisión por el delito de incendio.
Sentencia establecida
El tribunal de la Sección Décima que enjuició los hechos le condena ahora al considerarle responsable de dicho delito, aunque le impone una pena de solo un año de privación de libertad tras estimar que no habría quedado probado que las llamas provocadas por el acusado tuvieran la “potencialidad de generar un peligro para la vida o integridad de las personas”.
De hecho, la sentencia señala que solo fue necesario desalojar a dos ocupantes del bajo colindante como consecuencia de la penetración de humo, sin que requiriesen atención médica, pero no al resto de vecinos, ya que no hubo indicios de propagación de las llamas en el resto de las viviendas.
Además, el tribunal también impone una pena inferior a la solicitada por el Ministerio Público tras aplicar la atenuante de anomalía psíquica, a la vista del informe psiquiátrico aportado a la causa, en el que se concluía que el encausado presenta síntomas de un trastorno de personalidad “con rasgos narcisistas”, así como un historial médico en el que figura un diagnóstico de ”trastorno psicótico breve” dentro de “una personalidad inmadura ante situaciones estresantes”.
Los magistrados aprecian que la situación de conflicto vecinal que mantenía con el resto de residentes del bloque, así como con la propiedad de la vivienda que ocupaba, que había iniciado su proceso de desahucio, conllevó la concurrencia de “una afectación leve de sus facultades cognitivas” en el momento de los hechos, a pesar de que, según el mismo informe pericial, conservaba “sus facultades intelictivas y volitivas”.
Además, el fallo le impone otra pena adicional de tres meses de multa con cuota diaria de seis euros por el delito de usurpación de inmueble, y establece que deberá indemnizar a la empresa propietaria de la vivienda en la cantidad de 1.818,04 euros por los daños ocasionados.
Hechos y detención
Los hechos objeto de juicio tuvieron lugar el 17 de enero de 2024 sobre las 17.30 horas de la tarde cuando el encausado introdujo dentro de una olla metálica varios trozos de madera junto a otros materiales combustibles, le prendió fuego y la colocó en el falso techo de la vivienda, marchándose y dejando el fuego sin control durante un tiempo aproximado de media hora.
Un aviso propició la presencia de la Policía y de los bomberos, que ventilaron las dos viviendas del bajo del edificio afectadas por el humo.
En ese momento regresó el procesado, quien manifestó que había prendido fuego a la olla “para eliminar los malos olores en la casa”, por lo que negó que tuviese la intención de incendiar el edificio. Con todo, fue detenido y se acordó su ingreso en prisión provisional.
La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en diez días desde su notificación.
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