Entrada principal de la Audiencia Provincial de Alicante. EFE/Morell/Archivo
Un joven de 28 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a 7 años de prisión por violar a la mujer con la que mantenía una relación sentimental en un momento en el que ella se encontraba profundamente dormida, después de haber consumido alcohol, mezclado con sustancias que contenían benzodiacepina.
La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Primera, considera al procesado autor de un delito de abuso sexual con acceso carnal, al que aplica la agravante de parentesco, ya que el acusado y la víctima habían iniciado una relación equivalente al noviazgo un mes antes de que transcurriesen los hechos.
El abuso tuvo lugar durante la mañana del 22 de diciembre de 2019, en el domicilio del encausado, después de que ambos compartiesen una noche de fiesta en la ciudad de Alicante, han informado fuentes judiciales.
La sentencia relata que los dos habían quedado con la intención de hablar "sobre el futuro de su relación en común", ya que la víctima pretendía que se convirtiese en algo "más serio", aunque el acusado, de nacionalidad ecuatoriana, le contestó que no podía comprometerse más porque tenía una novia en México, según relató la víctima durante su declaración en el juicio.
En todo caso, ambos pasaron la noche en compañía de varios amigos y en distintos locales de Alicante, en los que la víctima aseguró haber bebido tres whiskies, además de alguna otra bebida de alguno de sus acompañantes.
En torno a las 6:30 horas de la mañana, ella se encontró indispuesta y bajo los efectos del alcohol, por lo que le pidió al acusado que fuese él quien condujese; él la llevó a su domicilio, se ducharon juntos y se acostaron en la misma cama.
Más tarde, en torno a las 9:30 horas, el acusado aprovechó que la chica se encontraba en un estado de inconsciencia para penetrarla sin que ella pudiese expresar su consentimiento.
De hecho, según la sentencia, la chica se despertó al notar los vaivenes de los movimientos del acusado y le recriminó su comportamiento para, acto seguido, vestirse y abandonar el domicilio, tras lo cual acudió a la Comisaría de Policía para presentar denuncia.
El acusado negó, durante su declaración en el juicio, que hubiese forzado sexualmente a la víctima y aseguró que fue ella quien se despertó y comenzó a acariciarle el órgano sexual hasta masturbarle.
No obstante, el tribunal confiere credibilidad al relato de la víctima tras estimar que mantuvo una versión persistente desde la interposición de la denuncia y que las pruebas médicas practicadas en su exploración, después de presentar la denuncia, certificaron la presencia de restos de ADN del acusado en el interior de su vagina.
El tribunal no llega a precisar si el acusado pudo haber introducido sustancias que contuviesen benzodiacepina en la bebida de la chica, aunque sí recalca que ella no tenía diagnosticada ninguna afección mental que llevase aparejada el consumo de medicamentos como el diazepam, de los que se hallaron restos en los análisis realizados a la víctima.
Al margen de la pena de prisión, la sentencia impone la medida de alejamiento respecto de la mujer por un tiempo de 8 años y la medida de libertad vigilada por otros cinco años.
La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en el plazo de diez días.
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