Un hombre de 52 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a seis años de prisión por violar, maltratar y amenazar a la mujer con la que convivía y con la que mantenía una relación desde hacía siete años, después de que ambos hubiesen asistido a la comida de Navidad con compañeros de sus respectivos trabajos.
La sentencia considera al procesado autor de un delito de violación, castigado con cinco años de cárcel, otro delito de amenazas en el ámbito de la violencia de género, por el que le impone seis meses, y otro delito de malos tratos, penado con otros seis meses de internamiento, todo ello tras aplicar la atenuante de intoxicación etílica en los dos últimos delitos.
Al tiempo, el tribunal de la Sección Primera también le considera responsable de un delito de vejación injusta de carácter leve, por el que le conmina a desarrollar trabajos en beneficio de la comunidad durante 15 días.
El texto recoge que los hechos tuvieron lugar a partir de las 21:30 horas del 17 de diciembre de 2022 en el domicilio que el procesado y la víctima compartían, en el municipio alicantino de Elda.
La sentencia concreta que el acusado regresó al domicilio con sus facultades cognitivas y volitivas alteradas por el consumo de alcohol y cocaína, tras asistir a la comida de Navidad de su empresa.
Así, inició una discusión con su pareja, a la que le profirió insultos como "puta" o "guarra".
De igual modo, la amenazó con matarla y con tirarla por el balcón si llamaba a la policía, hasta que se abalanzó sobre ella y empezó a golpearla dándole puñetazos y patadas por todo el cuerpo durante cerca de una hora.
Cuando dejó de golpearla, la mujer aprovechó para salir al balcón y pedir ayuda a gritos, lo que provocó que el procesado la cogiese por el pelo y la arrastrase hasta el interior de la casa para obligarla a que se lavase las manos, manchadas de sangre por la hemorragia nasal que le había causado los puñetazos.
Acto seguido, ambos se acostaron en la cama y él la obligó a mantener relaciones sexuales sin que pudiese oponer resistencia, al temer que pudiese volver a golpearla.
Sobre las 10:00 horas de la mañana siguiente, la mujer aprovechó que el encausado todavía dormía para pedir ayuda a casa de una vecina, quien llamó a la Policía, lo que propició la detención del procesado y su posterior ingreso en prisión provisional.
Durante la celebración del juicio, el acusado admitió haber insultado a su pareja, pero solo porque, según su versión, ella le había insultado primero.
Respecto a los golpes, aseguró que fue ella quien se había abalanzado sobre él y que pudo golpearla en la cara al intentar apartarla, mientras que, respecto a las heridas en las piernas, las atribuyó a contusiones causadas por los perros que tenía en su casa de campo.
No obstante, el tribunal descarta la versión del encausado y da credibilidad al testimonio de la víctima tras valorar la "persistencia, rotundidad, firmeza y coherencia" de su relato a lo largo de todo el proceso desde que interpuso la denuncia y que no albergaba ningún motivo espurio para tratar de perjudicar al encausado.
Al margen de la pena de ingreso en prisión, el tribunal también establece que el procesado deberá indemnizar a la víctima en la cantidad de 6.000 euros por los daños ocasionados.
La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en el plazo de diez días.