Imagen de archivo de una sede judicial EFE/Ana Escobar/Archivo
Un hombre de 51 años, que ejercía como voluntario en el servicio de Protección Civil de Alicante, ha sido condenado por la Audiencia Provincial a nueve años de prisión por agredir sexualmente a una menor de edad en situación de vulnerabilidad, que padecía un trastorno de personalidad del espectro autista y un trastorno de ansiedad.
La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Segunda, considera probado, además, que el encausado suministro cocaína a la menor para tratar de favorecer su consentimiento al contacto sexual.
Los hechos objeto de juicio se produjeron a partir del 23 de junio de 2023 cuando, según la resolución judicial, el procesado conoció a la víctima en el momento en que ésta se incorporó como voluntaria al mismo Servicio de Protección Civil.
La sala considera que, “aprovechando la situación en la que se hallaba la víctima” y siendo “conocedor del tratamiento psicológico y farmacológico” que seguía, el acusado concertó un primer encuentro con ella el día 23 de junio, un día después de que ella hubiese tenido una crisis por una discusión con la jefa de su sección.
En ese encuentro el encausado le ofreció cocaína en el interior de su coche animándola a que probase algo nuevo, y ella consumió la droga hasta en tres ocasiones. Ambos volvieron a quedar el día 24 y, de nuevo, en el interior del vehículo le proporcionó cocaína y le dio un beso en la boca. Finalmente, el día 25 volvieron a quedar en el domicilio del procesado, situado en el municipio de San Vicente del Raspeig, y allí la agredió sexualmente sin que la víctima se resistiera ni mostrara oposición, “en un consentimiento mediatizado por las patologías que presentaba”, según la sentencia.
La víctima sufrió una crisis posterior, con dos intentos de suicidio, por los que requirió asistencia, hasta que, el día 30 de junio presentó denuncia.
El encausado declaró en el juicio que desconocía que la víctima era menor de edad en el momento de los hechos, que no percibió que le pasara nada, que no le ofreció cocaína y que no se produjo la agresión puesto que, según alegó, no podía tener relaciones sexuales por un problema de erección.
El fallo impone nueve años de prisión por un delito de agresión sexual en concurso medial con otro delito contra la salud pública, además de la medida de alejamiento respecto a la víctima, a una distancia mínima de 300 metros, junto a la medida de libertad vigilada por diez años. Además, una indemnización de 10.000 euros por los daños ocasionados.
Se da la circunstancia de que el encausado ya fue condenado en 2021 por la Audiencia de Murcia por otro delito de agresión sexual con víctima menor de edad a una pena de un año y seis meses de prisión, que quedó en suspenso por tres años.
La sentencia de la Audiencia de Alicante es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en diez días.
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