Dinero. VC
El
Consejo de Ministros aprobó recientemente el proyecto de ley por el
que se aprueba el Impuesto sobre determinados servicios digitales
(IDSD), conocido popularmente como Tasa Google. Se ha iniciado su
tramitación parlamentaria y se espera que su aprobación y
aplicación definitiva para finales de este año 2020. La Tasa Google
grava un 3% la publicidad online, la intermediación y la venta de
datos a empresas con una facturación global de más de 750 millones
y unos ingresos por actividad digital desde 3 millones en España.
Existe
un consenso generalizado en la baja tributación de las llamadas
grandes compañías tecnológicas, cuyo modelo de negocio está
basado en los servicios digitales, las llamadas “big tech” como
Google, Amazon, Apple o Facebook (Tasa GAFA en Francia) y que las
normas de fiscalidad internacional, basadas en el establecimiento
físico como nexo de unión con las distintas jurisdicciones
fiscales, han quedado desfasadas y requieren una reformulación.
Pero,
a pesar de ello, las preguntas que nos surgen son diversas ¿es
oportuno en este momento aprobar la Tasa Google cuando se están
acometiendo los trabajos en el seno de la OCDE para buscar una
solución internacional y multilateral que se prevé se consiga antes
que finalice este año 2020? ¿cuáles serán las represalias que
establecerá EEUU por su aprobación, especialmente en materia de
aranceles a la exportación de productos españoles a ese país,
según ha anunciado ya la Administración norteamericana? ¿qué
efectos tendrá la Tasa Google en el precio de los servicios y en la
competitividad de la industria digital española respecto del resto
del mundo? ¿cómo afectará a las inversiones en España y a su
desarrollo tecnológico?
Entre
las críticas que se han hecho al establecimiento de la Tasa Google
destacan aquellas voces que consideran que los ingresos procedentes
del Impuesto serán sustancialmente menores de lo previsto, entre
otros motivos por la disminución de la demanda de los servicios
digitales como consecuencia del aumento de los precios de dichos
servicios. Asimismo, poner en práctica este nuevo impuesto supone un
enorme desafío administrativo e irá acompañado de altos costes
para el Ministerio de Hacienda, como también para las empresas.
Además, existe riesgo de que los usuarios o consumidores terminen
soportando el impuesto. Debería estar respaldado previamente por un
análisis de impacto completo de la medida (comercio, precios,
empleo, inversiones, ingresos fiscales totales), en relación con los
posibles efectos de deslocalización, traslado a consumidores, doble
imposición interna y el coste de implementación para las empresas y
la Administración tributaria.
El
impuesto tendrá un efecto perjudicial para la economía española y
su competitividad, supondrá un freno al crecimiento del sector
digital, especialmente las empresas españolas emergentes,
trasladando gran parte de la carga a pymes, empresas desarrolladoras
y startups. Además, supondrá un entorno menos propicio para el
desarrollo tecnológico y emprendimiento, debido al incremento del
coste de hacer negocios. Provocará una disminución de la inversión
en España y tendrá un impacto negativo en la capacidad de
innovación digital de las empresas.
En
cuanto a los argumentos a favor de su implantación, destacaríamos
la capacidad recaudatoria de la figura impositiva (actualmente la
previsión es de 968 millones anuales), aunque existan dudas de las
estimaciones realizadas. En todo caso, existen razones de presión
social, equidad fiscal, justicia tributaria y sostenibilidad del
sistema tributario para implementar el impuesto y así hacer tributar
aquellos ingresos y beneficios generados por empresas y compañías
del sector digital que se benefician de una baja tributación, a
través de planificaciones fiscales agresivas, al estar configuradas
las normas fiscales actuales en modelos de negocio tradicionales e
industriales y no en modelos de negocio digitales basados en actos
intangibles, datos y conocimientos.
En
conclusión, hay consenso en la necesidad que las grandes
tecnológicas paguen más impuestos, pero es discutible y perjudicial
hacerlo a través de la Tasa Google, por las dudas sobre sus efectos
nocivos para la economía, y antes que se alcance un acuerdo en el
seno de la OCDE o la UE.
Juan
Carlos Moragues, Inspector
de Hacienda del Estado
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