Fachada del Tribunal Supremo. EFE La Sala de lo Penal ha
confirmado la condena a quince años de prisión por un delito de
asesinato a una mujer que mató a su amiga tras un discusión en el cuarto
de baño de la vivienda de la víctima.
La Sala desestima el
recurso de casación interpuesto por la recurrente contra la sentencia
del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que
confirmó la pena impuesta por un tribunal del Jurado
de la Audiencia Provincial de Valencia.
Los hechos se
produjeron tras una discusión entre ambas en el cuarto de baño del
domicilio de la víctima en Alfafar (Valencia), el 29 de mayo de 2017.
Después de recibir un empujón y salpicaduras de lejía de
una botella, la condenada empujó a la víctima, que cayó al suelo, y con
el escobillero de porcelana le golpeó la cara, causándole heridas en la
nariz y en el labio. Aunque la víctima intentó defenderse, la
condenada, con el objeto de producirle la muerte,
la golpeó repetidamente contra un escalón que había en el borde de la
bañera, a modo de peldaño, produciéndole heridas diversas, entre ellas
un traumatismo craneoencefálico, que la dejaron inmóvil y en estado de
semiinconsciencia. Para conseguir su finalidad,
según los hechos probados, roció con lejía las heridas de la víctima y,
ante el fuerte olor que desprendía dicho producto, cerró la puerta del
baño.
En este caso, concluye
el tribunal, concurren los requisitos de la agravante de ensañamiento
que determina la apreciación del delito de asesinato. La sentencia, con
ponencia del magistrado Vicente Magro Servet,
explica que es razonable deducir, como hizo el tribunal de instancia,
que la recurrente con ese actuar “aumentó de forma deliberada e inhumana
el dolor de la víctima, sin que ello fuera necesario para su
fallecimiento”. En consecuencia, según la Sala, desde
los hechos declarados probados, ninguna infracción de norma jurídica se
ha cometido al considerar la dinámica de actuación de la condenada
“como dirigida a perseguir, de forma deliberada, otros males que exceden
a los necesariamente”.
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