El exconseller Rafael Blasco, en la Ciudad de la Justicia.EFE La Generalitat, de acuerdo con el criterio de la Abogacía, ha decidido solicitar una aclaración de la última sentencia impuesta al exconseller Rafael Blasco por el desvío de ayudas públicas destinadas al Tercer Mundo para que se concrete cuáles son exactamente sus responsabilidades económicas.
Según ha informado la Generalitat en un comunicado, en concreto, la Abogacía considera que se ha producido un error ya que, en relación a los condenados Rafael Blasco y Marc Llinares, la sentencia refiere que hay expedientes abiertos en el Tribunal de Cuentas, pero "no consta que en el TC haya nada en relación a estas piezas (2 y 3)".
Dado que en este caso hay una responsabilidad solidaria de todos los condenados, la Abogacía defiende que el órgano judicial es competente para cuantificar ahora la responsabilidad de los cuentadantes en ejecución de sentencia.
Además, se da la circunstancia de que, como sucede con los condenados Blasco y Llinares, en el fallo ni siquiera se explicita que la cuantificación queda pendiente del Tribunal de Cuentas y, por consiguiente, se ha interpretado que no se les piden responsabilidades económicas en ningún caso.
En segundo lugar, una vez el tribunal se pronuncie sobre este escrito de aclaración y siempre que la Abogacía considere que se dan las características técnicas oportunas, la Generalitat ha decidido que se interponga un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, entre otros motivos, por no estar de acuerdo con las atenuantes aplicadas a determinados condenados y la repercusión sobre las condenas.
En concreto, se han aplicado tres atenuantes (confesión tardía, reparación del daño y dilaciones indebidas) a Marc Llinares y a Augusto César Tauroni, y dos a Blasco (reparación del daño y dilaciones indebidas).
Asimismo, la Abogacía discrepa de las atenuantes aplicadas a uno de los condenados por cohecho y que no tenía una condena anterior.
La Audiencia de Valencia ha condenado recientemente a un año de prisión al exconseller Rafael Blasco por el desvío de cerca de 5 millones de euros inicialmente destinados a once proyectos en países empobrecidos, entre ellos la construcción de un hospital en Haití por el sismo de 2010, en las piezas 2 y 3 del caso Cooperación.
Se trata de la segunda condena por hechos similares impuesta a Blasco, que fue condenado a seis años y medio por delitos de malversación y falsedad documental en la primera de las piezas y que ha estado cumpliendo condena en el penal de Picassent -empezó a disfrutar de permisos en febrero de 2019, tras cumplir tres años y siete meses-.
Asimismo, el empresario César Augusto Tauroni, condenado al igual que el exconseller en la primera pieza, ha sido condenado a dos años de prisión.
Ambas penas son inferiores a las pactadas entre los acusados y la Fiscalía Anticorrupción en el transcurso del juicio, que quedó visto para sentencia hace nueve meses, y en el que el fiscal Jesús Carrasco redujo su petición inicial de penas de cárcel de 16 y 22 años de cárcel, para Blasco y Tauroni, respectivamente, a tres años y medio en ambos casos.
En la condena, cuyo fallo dio a conocer el pasado viernes el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, se absuelve expresamente a Blasco de los delitos de asociación ilícita, organización y grupo criminal que habían formulado otras acusaciones, entre ellas la Coordinadora Valenciana de ONGD.
En el transcurso del juicio, Blasco reconoció haber cometido los delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación y falsedad en la trama de altos cargos de la Administración y empresarios que desviaron cinco millones de euros públicos destinados a proyectos solidarios, y aportó además dos bienes inmuebles tasados en unos 800.000 euros con los que resarcir su responsabilidad civil.
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