Convocatoria de las ayudas/EPDADesde el Ayuntamiento de Finestrat han puesto en marcha una nueva
convocatoria de ayudas al alquiler y con nuevos requisitos para que más vecinos
de la localidad puedan optar. La ayuda será de 200€ por mensualidad y dos mensualidades por unidad
familiar residente en la
vivienda habitual alquilada. Esta cantidad comprende los gastos de alquiler y
también de agua/alcantarillado y luz. El
plazo de solicitud empieza mañana, 10 de junio, y se prolongará hasta el 15 de
noviembre de 2021.
En palabras del alcalde de Finestrat, Juanfran Pérez Llorca, “volvemos a lanzar una línea de ayudas. En
este caso se trata de la 2ª convocatoria de ayudas al alquiler. Acabamos de abonar
la 1ª convocatoria a sus beneficiarios que, en muchos casos, han recibido hasta
4 mensualidades. Y ahora destinamos
174.000€ a esta 2ª fase pensando en todas las personas que antes no pudieron
optar. El plazo de solicitud será
durante más tiempo y también reformulamos los requisitos económicos para que puedan
resultar beneficiarios más vecinos”. En este sentido, el alcalde insistió en la
dinámica del Ayuntamiento para seguir velando por proteger a la población y minimizar
el impacto de esta crisis que ha provocado la pandemia. “Somos conscientes de las dificultades
económicas que estamos viviendo. Por eso, mientras dure la crisis el Ayuntamiento
seguirá lanzando ayudas económicas. Lo hemos hecho con las bonificaciones del
IBI, de la tasa de la basura, las ayudas a autónomos y a micropymes. Y si la
circunstancia social y económica no mejora, volveremos a lanzar más convocatorias
de ayudas”.
La
cuantía total destinada por el Ayuntamiento a atender estas 2ª convocatoria de ayudas
al alquiler asciende a 174.000 €. La subvención
cubrirá 2 mensualidades con una cantidad de 200€ al mes por unidad familiar
residente en la vivienda habitual arrendada.
Las bases
también contemplan la posibilidad de obtener
otras dos mensualidades si una
vez abonado el primer reparto quedara remanente de crédito en la partida. Una
vez agotada la cuantía total destinada a estas ayudas, se procederá al cierre
de la convocatoria.
Cabe señalar
que estas ayudas son compatibles con otras recibidas desde el Ayuntamiento como
las PEIs (prestación económica individualizada) y también podrán optar aquellas
personas que no estén al corriente con las obligaciones tributarias o de la Seguridad
Social.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Ø
Aquellas
personas físicas que sean arrendatarios/as de un contrato de vivienda habitual
y permanente ubicada en Finestrat y que cumplan con los requisitos de las Bases
de la Convocatoria.
Ø
Estar empadronado
en Finestrat (mínimo 2 años con anterioridad a la fecha de solicitud).
Ø
Duración mínima del contrato de alquiler: 1
año.
No
podrán optar a estas ayudas las personas físicas que hayan resultado beneficiarias
en la primera convocatoria de subvenciones al alquiler de vivienda habitual y
permanente en el municipio de Finestrat, para el año 2021.
El plazo de presentación de
solicitudes empieza mañana, 10 de junio y finalizará el 15 de noviembre de
2021. Las solicitudes y la
documentación requerida se podrán presentar de manera telemática en la sede electrónica:
https://finestrat.sedelectronica.es;
y, también de manera presencial en horario de 9:00 a 13:00 horas en las siguientes
dependencias:
Registro de Entrada del Ayuntamiento (planta baja)
y en la Extensión
administrativa de la Cala (Avda. Marina Baixa, 29).
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