El
juzgado número 3 de lo Penal de Castellón ha condenado con
sentencia firme a A.B.B. y B.T.C. por un delito de intrusismo tras la
celebración del juicio oral solicitado por el Colegio de
Fisioterapeutas de la Comunidad Valenciana (ICOFCV), como acusación
particular, y el Ministerio Fiscal, en enero de 2016.
El
juez ha considerado a los dos acusados penalmente responsables del
delito de intrusismo y ha establecido una pena para cada uno de ellos
de 6 meses de multa con una cuota diaria de 5 euros sujeta a una
responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de
libertad por cada dos cuotas no satisfechas, conforme a lo previsto
en el artículo 53 del Código Penal, y al pago de las costas
procesales. Asimismo, se ha decretado el cierre del local.
Esta
es la primera sentencia en firme que consigue la nueva directiva del
Colegio de Fisioterapeutas en los más de tres años que lleva
trabajando y luchando por la defensa de la profesión y del derecho a
una atención sanitaria de calidad de los ciudadanos. “Esta condena
en sí misma es muy significativa porque demuestra que la justicia ya
está valorando que está en juego la salud de la ciudadanía, que
esta merece ser tratada por un profesional sanitario bien cualificado
y que es una responsabilidad de todos luchar porque sea así. Tenemos
abiertas más causas similares y esto es un buen precedente”,
subraya el decano del ICOFCV, Josep Benítez.
Tras
las pruebas aportadas se ha declarado probado que en el
establecimiento abierto al público, un gabinete de estética y
belleza de Castellón, los condenados estuvieron ofertando y
aplicando durante dos años tratamientos terapéuticos de
fisioterapia a sabiendas de que no estaban facultados para ello, ni
desde el punto de vista técnico-sanitario ni desde la habilitación
legal, ya que carecen del título universitario de fisioterapeuta que
les capacita para ello.
A.B.B.
y B.T.C. sólo disponían de simples diplomas de academias no
regladas que ofertan cursos de “masaje y técnica corporal”. Sin
embargo, realizaban actos sanitarios para la mejora de la salud
consistentes en masajes terapéuticos y deportivos para artrosis,
artritis, esguinces, tendinitis o codo de tenista. También para el
tratamiento de dolores de espalda como lumbalgias, dorsalgias o
ciática. Actividades todas ellas, propias de los profesionales
sanitarios fisioterapeutas, que requieren una formación y
capacitación adecuada.
El
asesor jurídico del Colegio de Fisioterapeutas, Santiago Sevilla,
recalca que con estas acciones “estaban poniendo en grave peligro
la salud de los usuarios que, al amparo de una publicidad falsa,
recibían los servicios de los condenados como presuntamente
sanitarios cuando en realidad no lo eran”.
Cabe
recordar, que fue la unidad del SEPRONA de la Guardia Civil de
Castellón quien abrió inicialmente el proceso contra estos dos
pseudoprofesionales tras una inspección en la que detectaron
irregularidades. Nada más tener conocimiento de ello, el ICOFCV se
personcontra
cular imiento de las onoótectar las irregularidades y que el ICOFCV
se personoe la Guardia Civil de de 5 euros, sujeta a ó
como acusación particular apoyando las diligencias policiales
abiertas por este cuerpo.
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