Dos personas toman fotos de la playa de la Malvarrosa, en València, en una imagen reciente. EFE/Kai Försterling El pleno del Consell ha aprobado este viernes las medidas de prevención
necesarias para hacer frente a la COVID-19 a partir del decreto del
president de la fase 3 avanzada, que serán aplicables en toda la
Comunitat Valenciana una vez finalizada la prórroga del estado de
alarma, desde el domingo 21 de junio.
Según el ejecutivo
valenciano, se pretende apoyar a la reactivación económica y social,
minimizando el riesgo para la salud pública.
El objetivo es
asegurar que las actividades en las que pueda producirse un mayor riesgo
de transmisión de la enfermedad se desarrollen en condiciones que
permitan controlar este riesgo.
El Gobierno valenciano ha tomado
como referencia el decreto del president de la Generalitat, Ximo Puig,
publicado en el Diari Oficial del pasado sábado sobre regulación y
flexibilización de determinadas restricciones, en el ámbito de la
Comunitat Valenciana, establecidas durante la declaración del estado de
alarma, en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una
nueva normalidad.
Se trata de medidas con las cuales se pretende
apoyar a la reactivación económica y social, minimizando el riesgo para
la salud pública, "y tienen que venir necesariamente acompañadas por la
prudencia y la responsabilidad individual, de forma que la
autoprotección se convierta también en la medida más eficaz para
proteger a los demás", según el Consell.
Serán aplicables en
todo el territorio de la Comunitat Valenciana, una vez finalizada la
prórroga del estado de alarma y, por lo tanto, producirán efectos a
partir del día 21 de junio de 2020 y hasta la finalización de la crisis
sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Los servicios de inspección
municipales y autonómicos, en el ámbito de sus competencias, serán los
encargados de vigilar el cumplimiento de las medidas.
Entre las
medidas previstas en el acuerdo se encuentran obligaciones generales
relativas a la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros o, en su
defecto, medidas alternativas de protección física como el uso de
mascarilla de higiene adecuada, medidas de higiene comunes a todas las
actividades (como limpieza de locales, de ropa de trabajo, ventilación
de instalaciones, disponibilidad de materiales de protección, pago
preferente con tarjeta, señalización de distancia de seguridad para
clientes, utilización de probadores, establecimiento de sistemas de
recuento aforo).
También se incluyen otras medidas adicionales
para centros comerciales, establecimientos de hostelería y restauración,
para la celebración de actos de culto religioso, y para piscinas de uso
deportivo e instalaciones deportivas.
Además, se mantiene con
carácter general el aforo del 75 % y se fijan las medidas específicas
por sectores: actos religiosos (velatorios, ceremonias nupciales, etc),
medidas relativas al desarrollo de la actividad educativa, medidas
relativas a actividades de tiempo libre y parques infantiles, medidas
aplicables a los establecimientos de hostelería, a las actividades
culturales (bibliotecas, archivos, museos, cines, teatros, instalaciones
taurinas, instalaciones deportivas, acontecimientos deportivos,
congresos), instituciones feriales, piscinas, transporte público y
actividades náuticas.
Además, las medidas previstas en este
acuerdo podrán ser completadas por planes específicos de seguridad,
protocolos organizativos y guías adaptadas a cada sector de actividad,
que serán aprobados por las administraciones competentes.
Finalmente,
en el ámbito de juventud y del sistema público valenciano de servicios
sociales, serán aplicable las disposiciones contenidas en las
resoluciones dictadas por la vicepresidenta y consellera de Igualdad y
Políticas Inclusivas.
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