Fase 2 Ayer, el Ministerio de Sanidad anunciaba la entrada de toda
la Comunidad Valenciana a la fase 2 de la desescalada a partir del lunes 1 de
junio. Una fase de transición que implica diferentes medidas de flexibilización
como la eliminación de restricciones horarias para pasear o practicar deporte o
la apertura del interior de bares y restaurantes con aforo limitado al 40%.
Un avance en la desescalada que puede derivar en cierta relajación
por parte de la población. Por este motivo, el Ayuntamiento de Utiel hace un llamamiento
a la prudencia y responsabilidad social para seguir aplicando con rigurosidad
las recomendaciones sanitarias y actuar con cautela y prudencia para evitar rebrotes
de contagios.
Registro de casos de COVID-19
De acuerdo a los datos facilitados ayer por la Conselleria de
Sanidad, Utiel ha registrado 7 nuevos casos en las últimas 2 semanas, sumando
un total de 139 positivos por PCR y 28 fallecidos a causa del coronavirus.
La información actualizada sobre la incidencia de la pandemia
por municipios se puede consultar en la
web de la Conselleria de Sanidad http://coronavirus.san.gva.es/estadisticas
ACTIVIDADES PERMITIDAS EN FASE 2
Las principales medidas, publicadas en el BOE y recogidas
además en la guía del Gobierno Central para la FASE 2 son:
MEDIDAS SOCIALES
- Se puede circular por la provincia, isla o unidad
territorial de referencia en grupos máximos de 15 personas. No hay límite de
integrantes del grupo si las personas son convivientes.
- Eliminación de franjas horarias para la salida de los niños
a la calle y para la práctica del deporte, a excepción de la reservada para
mayores de 70 años (de 10:00 a 12:00 horas y de 19:00 a 20:00 horas)
- También se eliminan las limitaciones en el número de veces
que se pueden realizar estas actividades diariamente.
- Se mantienen las medidas de seguridad e higiene
establecidas, como la distancia mínima de seguridad de dos metros.
- Los velatorios podrán realizarse con un límite máximo de 25
personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados. La
comitiva para la despedida de la persona fallecida se restringe a un máximo de
25 personas.
- Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que
no se supere un 50% de su aforo.
- Las bodas pueden realizarse en todo tipo de instalaciones,
públicas o privadas, siempre que no se supere el 50% de su aforo. Podrán
asistir un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en
espacios cerrados.
HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN
- Consumo en el local en mesa sin superar el 40 % del aforo.
- Terrazas al aire libre con el 50 % de las mesas, con una
ocupación máxima de 10 personas por mesa o agrupación de mesas.
- Limpieza y desinfección entre un cliente y otro,
mantelerías de un uso y dispensadores de geles.
- Se fomentará el pago con tarjeta y se evitará el uso de
cartas de menú.
COMERCIO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS
- Apertura de locales con independencia de su superficie, con
los requisitos siguientes: 40% del aforo total en los locales comerciales, en
cada una de sus plantas; distancia mínima de dos metros entre clientes y
horario de atención prioritario para mayores de 65 años.
- Pueden reabrir los parques o centros comerciales, con aforo
del 30 % en las zonas comunes y del 40 % en los locales individuales. No se
pueden emplear las zonas recreativas.
- Podrá haber rebajas, siempre respetando las medidas de
seguridad e higiene y evitando aglomeraciones. Deberán cesar de inmediato las
acciones comerciales o de promoción si resultara necesario.
- Se podrán abrir mercados al aire libre, con una limitación
a un tercio de los puestos habituales y limitando la afluencia para mantener la
distancia de seguridad de dos metros.
MEDIDAS DE HIGIENE EN ESTABLECIMIENTOS
- Limpieza y desinfección de las instalaciones al menos dos
veces al día y de los puestos de trabajo tras cambio de turno.
- La distancia entre vendedor y cliente será de al menos un
metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera, o de dos metros
sin estos elementos.
- En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de
la distancia, como peluquerías, centros de estética o fisioterapia, se deberá
utilizar el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo.
- Probadores ocupados por una persona y desinfección tras su
uso
ACTIVIDADES CULTURALES
Se flexibilizan las medidas para el acceso a bibliotecas,
salas de exposiciones y monumentos que, con carácter general, deben tener en
cuenta las siguientes medidas:
- Las salas que cuenten con mostradores de información y
atención al público deberán instalar elementos y barreras físicas de protección
en el área de recepción de visitantes.
- Instalación de carteles con normas y recomendaciones específicas
para el público, así como de vinilos de señalización con indicaciones sobre la
distancia de seguridad, para evitar que se formen colas o aglomeraciones en la
entrada y/o salida.
- Los inmuebles deberán someterse de forma previa a la
reapertura a una limpieza y desinfección selectiva de las partes accesibles al
público. Si hay bienes culturales se deben seguir, además, las normas
recomendadas por el Instituto del Patrimonio Cultural de España.
-Los lugares donde no pueda garantizarse la seguridad de los
visitantes por sus condiciones especiales o por imposibilidad de realizar las
tareas de desinfección necesarias, serán excluidos de la visita pública.
ACTIVIDADES DEPORTIVAS
- Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas
no profesionales pueden realizar entrenamiento básico de manera individual.
- Los clubes deportivos profesionales o sociedades anónimas
deportivas pueden desarrollar entrenamientos de carácter total dirigidos a la
fase previa de la competición, incluyendo acciones en grupo de hasta un máximo
de 14 personas.
- Se permite la reanudación de la competición de las ligas
profesionales, sin público y a puerta cerrada. Se permite la entrada de medios
de comunicación para la retransmisión de la competición. El Consejo Superior de
Deportes, antes del inicio de la competición, determinará el número de personas
que podrán acceder a los estadios y pabellones.
- Se regula la apertura de instalaciones deportivas cubiertas
y piscinas deportivas.
HOTELES Y ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS
- Pueden reabrir las zonas comunes de hoteles y
establecimientos turísticos, hasta cubrir un tercio del aforo que determine el
establecimiento.
- Las actividades de animación o clases grupales deben
organizarse con un aforo máximo de 20 personas.
- Pueden reabrirse las piscinas y spas del establecimiento,
con limitaciones.
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