Este sitio web utiliza cookies, además de servir para obtener datos estadísticos de la navegación de sus
usuarios y mejorar su experiencia de como usuario. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su
uso.
Puedes cambiar la configuración u obtener más información en nuestra política de cookies pulsando aquí.
El Ayuntamiento de Calp subvencionará el arrendamiento de locales de entidades festivas afectadas por la pandemia
Las restricciones impuestas por razones sanitarias han tenido un impacto negativo en la actividad de las asociaciones festivas, muchas han visto recortadas las aportaciones de sus socios abocando en algunos casos a la disolución de las mismas
0
REDACCIÓN - 09/11/2021
Fiesta/EPDA
El
pleno del Ayuntamiento de Calp aprobó ayer por unanimidad aprobar inicialmente
las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas a asociaciones
festivas sin ánimo de lucro cuya actividad
se ha visto afectada por la pandemia.
Las
restricciones impuestas por razones sanitarias han tenido un impactonegativo en la actividad de las asociaciones
festivas, muchas han visto recortadas las aportaciones de sus socios
abocandoen algunos casos a ladisolución de las mismas.
Con
el objetivo de reactivar cuanto antes a estas asociaciones sin ánimo de lucro
desde el Ayuntamiento se pretende conceder ayudas económicas para contribuir al
sostenimiento de los gastos corrientes que estas entidades han tenido que
seguir soportando pese a la disminución de ingresosexperimentada.
La
cuantía total para estas subvenciones es de 50.000€ y la cuantía
individualizada a percibir por lasentidades
beneficiariaspodrá alcanzar la cuantía
máxima de 5000€.
Según
las bases aprobadas inicialmente para acceder a estas ayudas las asociaciones
festivas deberánestar inscritas en el
registro de Asociaciones del Ayuntamiento como entidades festivas sin ánimo de
lucro, el domicilio de la asociación debe encontrarse en Calp, deben
encontrarse inscritas en el registro de Sedes Festeras Tradicionales de las
sedes festeras de la Generalitat Valenciana con el Tipo B y debenencontrarse activas desde abrilde 2020 hasta la fecha de solicitud de la
subvención.
Serán financiables con cargo a estas subvenciones los gastos
en concepto de arrendamiento del
local donde se ubique el domicilio de la asociación. Además estas asociaciones ya cuentan con subvenciones nominativas para otro tipo de
gastos.