Rafa Blasco con su mujer Consuelo Císcar. EPDA
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Impone un año de prisión y ocho de inhabilitación al exconseller de Solidaridad y Ciudadanía de la Generalitat Valenciana
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El
tribunal declara probado un fraude en multitud de subvenciones a ONG y
fundaciones destinadas a la cooperación al desarrollo del Tercer Mundo
entre 2009 y 2011
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La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo
Condenas irrisorias. La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de
Valencia ha condenado a penas que
oscilan entre los tres meses y los cinco años y medio de prisión a 21
de los 23 acusados por las piezas 2 y 3 del llamado ‘Caso Cooperación’,
tras declarar probado el fraude registrado entre 2009 y 2011 en multitud
de subvenciones a ONG destinadas a cooperación
al desarrollo del Tercer Mundo, así como a la construcción de un
hospital en Haití.
En
una sentencia notificada este viernes a las partes, el tribunal impone
al que fuera conseller de Solidaridad y
Ciudadanía en ese periodo, Rafael Blasco, un año de prisión y ocho de
inhabilitación absoluta como autor de un delito continuado de
malversación de caudales públicos, en concurso ideal con delitos
continuados de prevaricación administrativa y falsedad en documento
oficial cometido por funcionario público.
No
obstante, le absuelve de los delitos de asociación ilícita,
organización criminal y grupo criminal. Para el cómputo de la prisión,
tanto
en el caso del exconseller como en el de otros acusados, los
magistrados han descontado las penas que ya les impusieron en una
anterior sentencia por los mismos hechos.
Junto
a Blasco, han sido condenados otros ex altos cargos de la Conselleria
como el director general de Cooperación, José María Felip (un
año y seis meses de prisión, dos años y seis meses de inhabiltación
absoluta); el jefe de Área de Cooperación, Marc Llinares (dos años y
nueve meses de prisión, dos años y seis meses de inhabilitación
absoluta), y la secretaria general administrativa de la
Conselleria, Agustina Sanjuán (seis meses y un día de prisión y dos
años y tres meses de inhabilitación especial para empleo o cargo
público).
El
fallo también impone dos años de cárcel al empresario Augusto César
Tauroni, fundador de la Fundación Entre Pueblos (luego denominada
Hemisferio), por delitos de malversación, en concurso con
prevaricación, falsedad documental, cohecho activo y blanqueo de
capitales.
Igualmente,
la Audiencia ha condenado a penas que van desde los tres meses a los
cinco años y seis meses de cárcel a otras 16 personas:
trabajadores y responsables de ONG y fundaciones o representantes
legales de sociedades mercantiles implicadas en el fraude.
Por
el contrario, ha absuelto con todos los pronunciamientos favorables a
dos de los 23 encausados: un empresario y una jefa de servicio
de la Conselleria.
El
tribunal considera probado que Rafael Blasco “favoreció la concesión de
subvenciones” a Augusto César Tauroni, un empresario al que
ya conocía desde tiempo atrás, aunque sabía que éste “desviaba de sus
fines para lucro propio buena parte de las cantidades obtenidas para
realizar proyectos en los países del Tercer Mundo”. La Sala no cree
acreditado sin embargo que el político recibiese
dinero a cambio.
Tauroni
constituyó una fundación, Entre Pueblos (después renombrada como
Fundación Hemisferio), gestionó proyectos de pequeñas ONG y se
valió de empresas instrumentales con la “finalidad última de obtener un
beneficio neto de cada proyecto subvencionado de cuanto menos un 50% de
la cantidad subvencionada por la Administración”, según la sentencia.
Y
lo consiguió –agregan los magistrados- “debido a que buena parte de los
proveedores no ejecutaban los servicios contratados, percibiendo
en cambio, elevadas cantidades por los trabajos facturados, que además
estaban presupuestados muy por encima del precio real de mercado”.
La
Audiencia ha dictaminado asimismo que el empresario sobornó con dinero a
uno de los ex altos cargos de la Conselleria, Marc Llinares,
jefe de Área de la Dirección General de Cooperación y que era además de
amigo suyo persona de confianza del conseller, a cambio de “facilitar
que los proyectos que presentaba Entre Pueblos o las ONG que gestionaba
fuesen aprobados” o dar su visto bueno a facturas
y gastos.
La
sentencia, que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal
Supremo, decreta el comiso de dos apartamentos en Miami, de un yate
y de todo el dinero existente en diversas cuentas bancarias a nombre de
sociedades radicadas en Estados Unidos, como bienes procedentes de los
delitos de blanqueo de capitales cometidos por Tauroni y su esposa,
también condenada en este procedimiento.
En
cuanto a la responsabilidad civil, la Sala condena expresamente a una
decena de los acusados a pagar cantidades que oscilan entre los
5.000 y los 37.000 euros a la Generalitat Valenciana.
Por
el contrario, deja para su determinación posterior, en el trámite de
ejecución de sentencia, el grueso de las indemnizaciones que habrán
de compensar el perjuicio total causado a las arcas públicas, que la
Fiscalía fija en 5.035.942 euros y la Generalitat en 5.667.930 euros.
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