El concejal no adscrito de Benidorm Leopoldo Bernabéu. EFE/Archivo El Juzgado de lo Penal número 1 de Benidorm ha condenado al concejal no adscrito del ayuntamiento de esta ciudad, Leopoldo Bernabeu, a una multa de seis euros diarios durante 16 meses (en total 2.880 euros) por un delito consumado en materia de propaganda electoral.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, considera probado que Bernabeu ordenó los días 23 y 24 de mayo de 2015, jornadas de reflexión y electoral de los comicios municipales y autonómicos, que "se emitiera en la cadena Noticias Te Ves, de la que era director en funciones, programación e imágenes que contenían la petición de voto a favor de su partido político".
Bernabeu era en aquellos momentos candidato a la Alcaldía por el partido Ciudadanos por Benidorm (CBM), que él mismo había fundado y con el que logró tres concejales ese año.
Igualmente se estima probado que también se emitieron "imágenes y comentarios que contribuían a disuadir a los electores de votar en favor de otras formaciones políticas que también concurrían a las elecciones".
El juzgado rechaza la versión exculpatoria del concejal condenado, según la cual argumentaba que se trataban de programas redifundidos, y establece que esos espacios "tienen la capacidad suficiente para perturbar el bien jurídico protegido de preservar la paz y tranquilidad de los votantes para poder decidir libre y sosegadamente su voto en el día de reflexión y votación".
La acusación, que ejerce la concejal liberal Gema Amor y su ex compañera de grupo María Pérez, había solicitado una multa de 24 meses a razón de 20 euros diarios con pena accesoria de inhabilitación. En total, 14.400 euros.
La Fiscalía, por su parte, pidió una multa de 20 meses a razón de diez euros diarios: En total, 6.000 euros, mientras que la defensa del concejal no adscrito, por su lado, había solicitado la libre absolución.
La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial
Comparte la noticia