Imagen de un juicio. /EPDA Tres jóvenes mayores de edad y de origen marroquí han sido condenados a diez meses y quince días de prisión por asaltar una tienda de formato 24 horas y agredir a uno de sus empleados para robar golosinas.
La sentencia, ratificada por la Audiencia de Alicante, asegura que los hechos tuvieron lugar alrededor de las 23:20 horas del 11 de octubre de 2020 en Alicante, cuando los tres procesados, en compañía de una cuarta persona que no fue juzgada al encontrarse en situación de rebeldía, accedieron al establecimiento e instaron al empleado a cargo de la tienda a que les diese pan, latas y chucherías.
Cuando el empleado se negó, éstos mostraron una actitud agresiva hasta el punto de propinar un empujón a dicho trabajador, que trataba de impedir que sustrajesen un chupa-chups y caramelos.
En ese momento, los demás acusados intentaron apropiarse de "diversos comestibles del establecimiento, cogiéndolos e intentando guardárselos en los bolsillos", según la sentencia de primera instancia, dictada por el Juzgado de lo Penal número 5 de Alicante en octubre de 2021.
El empleado agarró entonces una cadena situada tras el mostrador, lo que motivó que los acusados se abalanzasen sobre él, le tirasen al suelo y le amenazasen con matarlo.
Después, los cuatro abandonaron la tienda, al advertir que de la trastienda salía otro empleado portando un palo en la mano, en defensa de su compañero.
Poco después, los asaltantes fueron detenidos por agentes de la Policía Nacional en las inmediaciones del local, aunque en ese momento no se les encontró objeto alguno, por lo que la sentencia concluía que no había quedado acreditado un supuesto robo.
Los condenados presentaron recurso de apelación frente a la sentencia de primera instancia en el que alegaban un error en la valoración de la prueba e infracción del principio de presunción de inocencia.
Sin embargo, el tribunal de la Sección Tercera ha confirmado la sentencia apelada al insistir en que los acusados reconocieron que se encontraban en la tienda en el momento de los hechos y que, además, asumieron que se produjo un incidente al relatar que la cosa se puso caliente" y que "se montó un marrón grande".
Según su versión, el incidente fue provocado por el empleado de la tienda al que tildaron de "racista" y añadieron que no les quería atender y que sacó una cadena para echarlos.
No obstante, el tribunal confiere credibilidad al relato de los dos empleados del establecimiento y al testimonio ofrecido por los agentes que practicaron el arresto.
Así, concluye que "no existe ningún elemento, salvo el propio interés de no ser condenado, que permita asegurar que el juzgador de instancia ha cometido un error en la valoración de la prueba".
Por ello, rechaza los recursos de apelación y confirma la pena impuesta de diez meses y quince días de prisión, además de dos años de prohibición de aproximación y comunicación con los dos empleados de la tienda a menos de 500 metros de distancia.
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