Imagen de archivo de la detención del condenado /EFE La Audiencia de Alicante ha condenado a 15 años de prisión al acusado de asesinar a su pareja sentimental clavándole un cuchillo en el cuello tras haberle dejado inconsciente después de golpearle con una linterna, en un suceso que ocurrió en febrero de 2019 en Planes.
El procesado, de 37 años de edad, fue declarado culpable por un jurado popular, después de que, durante su declaración en la primera sesión del juicio, él mismo modificase su versión inicial mantenida desde el inicio de las investigaciones para asumir la autoría de los hechos.
De acuerdo con el veredicto alcanzado por el jurado, la sentencia acuerda además la privación definitiva de la patria potestad respecto al hijo que el acusado tuvo con la víctima, de solo un mes y medio cuando transcurrió el crimen.
De igual modo, le impone la indemnización a ese menor, así como a los otros cuatro hijos de la fallecida, de 93.549 euros, mientras que deberá indemnizar con 52.569 euros al padre de la víctima y con otro tanto a la madre, además de con 21.110 euros al hermano de la fallecida.
La resolución judicial considera probado que el acusado acabó con la vida de su pareja después de enzarzarse en una discusión, en la madrugada del 9 de febrero de 2019.
De igual modo, reseña que, para ello, se valió de una linterna de gran tamaño, con cuyo mango asestó varios golpes en la cabeza y en varias partes del cuerpo hasta dejarla inconsciente en el suelo; después, cogió un cuchillo de cocina de grandes dimensiones y se lo clavó en el cuello provocándole la muerte.
En esta línea, la sentencia ratifica las apreciaciones contenidas en el veredicto y ratifica que el ataque mortal "se produjo de tal forma sorpresiva y violenta que la víctima no tuvo oportunidad alguna de defenderse de forma mínimamente eficaz".
Tras la agresión, el acusado llamó a los servicios de emergencia para solicitar ayuda con el argumento de que había encontrado a su pareja tendida en el suelo del salón de la vivienda, sin asumir la autoría de la agresión.
La sentencia ratifica que el veredicto quedaba justificado en la existencia de una profusión de pruebas, al margen de la confesión del procesado, como los restos biológicos hallados en los utensilios empleados para cometer el crimen.
De igual modo, confirma la aplicación de la circunstancia agravante de parentesco y la atenuante analógica de confesión tardía, en función de las solicitudes planteadas por la Fiscalía, la Abogacía de la Generalitat, la Abogacía del Estado y la acusación particular, ejercida por la familia de la víctima.
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