Entrada a la Audiencia Provincial de Alicante.EFE/ Manuel Lorenzo
Un hombre ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a cinco años y un día de prisión por agredir sexualmente a la hija de su pareja, fruto de una relación anterior, en distintos episodios registrados desde que la víctima tenia cinco años hasta que cumplió los diecisiete.
La sentencia considera probado que el encausado la agredió sexualmente desde el inicio de la convivencia con su madre en una vivienda compartida del municipio alicantino de Xàbia.
El tribunal señala que esos hechos, “con múltiples actos de carácter sexual”, se produjeron en un número indeterminado de ocasiones en las que el procesado actuó guiado por el “ánimo de satisfacer sus deseos libidinosos”.
También estima probado que se repitieron en el domicilio al que se mudaron más tarde, en la localidad alicantina de Benitatxell.
Asimismo, según el fallo, la víctima refirió otro episodio en el que se percató de que el acusado había colocado su teléfono móvil grabando en el interior de la ducha cuando ella iba a darse un baño.
La resolución judicial indica que la menor sufrió un cuadro depresivo y estrés postraumático como consecuencia de los hechos.
El procesado se negó a prestar declaración a lo largo de la instrucción y en el juicio. En cualquier caso, su defensa solicitó su libre absolución al rechazar la autoría de los cargos que se le atribuían.
No obstante, el tribunal confiere credibilidad al testimonio ofrecido por la víctima, al constatar que fue persistente desde el principio del procedimiento, que no albergaba ningún interés en perjudicarle y que, con la interposición de la denuncia, solo pretendía mantenerse alejada de él.
Además de la pena de privación de libertad por un delito de agresión sexual a menor de 16 años, el fallo impone al acusado la medida de alejamiento a una distancia mínima de 300 metros durante tres años y de libertad vigilada por periodo de otros cinco años. Igualmente establece que deberá compensar a la víctima en la cantidad de 30.000 euros por los daños y perjuicios sufridos.
La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación.
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