Audiencia Provincial de Alicante. /EPDA Un hombre de 51 años y nacionalidad cubana ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a cinco años de prisión por apuñalar a un conocido en un bar de Benidorm después de mantener con él una discusión.
Los hechos ocurrieron sobre las 12.14 horas del 19 de septiembre de 2019. La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Décima, concreta que el acusado y la víctima, hijo de los propietarios de la vivienda alquilada por el procesado, comenzaron a discutir en el interior del bar, lo que hizo que el dueño del establecimiento les indicase que esperasen a hablar en otro momento.
El procesado salió del local y regresó a los pocos segundos provisto de una navaja de diez centímetros de hoja, con la que se dirigió hasta la víctima y, “sin mediar palabra”, le asestó dos puñaladas en el abdomen y en el tórax, siendo “consciente de que con su acción podía causar la muerte” del agredido, según el fallo.
La víctima retrocedió e intentó protegerse pero no evitó las heridas, por las que requirió 118 días de sanación.
El tribunal considera que el acusado tenía sus facultades psíquicas inalteradas en el momento en el que se produjo la agresión, pese a que hubiese sufrido un trastorno afectivo en 2016. Además, concluye que no ha quedado acreditado que fuese dependiente de sustancias estupefacientes.
La resolución judicial señala que, pese a que las declaraciones de las personas que presenciaron los hechos “no son especialmente fiables sobre algunos extremos”, sí constituye prueba suficiente para determinar la autoría de la agresión la grabación videográfica captada por las cámaras del establecimiento.
Detalla que en esas imágenes se aprecia al procesado apuñalando en dos ocasiones a la víctima mientras ésta trataba de protegerse retrocediendo y colocando sus brazos “en actitud defensiva”.
Por ello, determina que el acusado es responsable de un delito de homicidio en grado de tentativa y le impone la pena de cinco años de prisión, a la que se suma la orden de alejamiento a más de 300 metros durante otros cinco años y otros cinco años adicionales de libertad vigilada.
Además, el procesado deberá indemnizar a la víctima con la cantidad total de 10.000 euros: 6.000 por las lesiones y 4.000 por las secuelas.
La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) en el plazo de diez días.
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