Publicación del Ayuntamiento de Canet en la que informa la eliminación de las franjas horarias. El Ayuntamiento de
Canet d'En Berneguer ha obtenido el permiso para no aplicar la
restricción de horarios en las salidas permitidas en esta fase de la
desescalada de la crisis del coronavirus al contar como núcleos
diferentes el casco urbano y la zona de la playa, dado que ninguno de
los dos núcleos por separado supera los 5.000 habitantes.
En un primer momento
el consistorio aplicó la orden dada por el Gobierno de España en
cuanto a la ordenación de las salidas para paseos y la práctica del
deporte, así como salidas para menores y personas dependientes. Dado
que el municipio cuenta, según el padrón del Instituto Nacional de
Estadístia de 2017, con un total de 6473 habitantes, era de
aplicación la normativa para los municipios de más de 5.000
habitantes que sí que tienen restricciones horarias.
Sin embargo, las
consultas realizadas por el ayuntamiento a la Delegación del
Gobierno en la Comunitat Valenciana han permitido modificar esta
aplicación, con la pertinente autorización, si se toma en consideración la población en cada
núcleo de población diferenciado -el casco urbano y la playa- y
teniendo en cuenta que ninguna de las dos unidades supera los 5.000
habitantes.
De esta forma, el
Ayuntamiento de Canet ha notificado a través de sus redes sociales y
del bando, que “se eliminan las franjas horarias también para la
salida de los menores de 14 años tras recibir el permiso para poder
adoptar esta medida”.
El alcalde de Canet, Pere Antoni, ha querido, no obstante, recordar que si bien no existen restricciones horarias, se mantiene que únicamente se puede realizar una salida al día de máximo una hora y a un kilómetro de distancia del domicilio, por lo que ha vuelto a apelar "a la responsabilidad de cada uno".
Una medida que no
podrá aplicarse en el caso del Ayuntamiento de Sagunt, tal y como ha
informado esta mañana el alcalde, Darío Moreno, quien ha apuntado
que aunque se había contemplado esa posibilidad para los núcleos de
población de las zonas costeras como Almardà o Corinto, no es una
opción legal ya que uno de los núcleos de población supera con
creces los 5.000 habitantes que contempla la normativa.
La Delegación del Gobierno recoge en su autorización que "en los municipios y entes de ámbito territorial inferior al
municipio que administren núcleos de población separados con población igual o inferior a 5.000
habitantes no serán de aplicación las franjas horarias, tanto a efectos del desarrollo de actividad física
por parte de los mayores de 14 años, como en cuanto a los desplazamientos de los menores de 14
años, de forma que las actividades permitidas se podrá llevar a cabo en ambos casos entre las 6:00
horas y las 23:00 horas".
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