Imagen de archivo. AVACU
La
Asociación Valenciana de Consumidores y Usuarios ha recibido en los
último días consultas sobre las contrataciones de servicios, como
la telefonía e Internet, electricidad o gas. Estas contrataciones
son a menudo realizadas a través de llamadas telefónicas. Debido a
la situación de pandemia actual, el número de consultas acerca de
los problemas que este tipo de contratación generan han aumentado.
Por ello, AVACU ha querido ofrecer algunas recomendaciones a tener
en cuenta y consejos para saber cómo se debe actuar ante esos casos.
Lo
primero que la Asociación apunta es que se debe conocer la empresa o
compañía que llama, es decir, el número
de teléfono ha de ser identificable. Por lo tanto, las
llamadas con números ocultos no están permitidas... Además, los operativos deben identificarse con el nombre de la empresa al
principio de la llamada
Por
otra parte, el horario en
el que las llamadas comerciales pueden realizarse son tan solo en
días laborables de 9 horas a 21 horas; AVACU afirma que fuera de
este horario y en festivos y fines de semana, están prohibidas.
Si
se va a realizar la contratación de un servicio a través de una
llamada telefónica, el operador de la empresa está obligado
a facilitar
toda la información del servicio:
características, condiciones, precio total (gastos de alta,
instalación, precio mensual, IVA), duración, derecho de desistimiento. El operador debe informar, además, de que la llamada
va a ser grabada, para que quede constancia de la misma.
Asimismo,
cada usuario debe solicitar un contrato al aceptar o contratar el
servicio. El formato de este será por
escrito o en un soporte duradero.
La compañía está obligada a enviar dicho contrato en un plazo
razonable, antes de la ejecución del servicio. Tener una copia por
escrito del contrato que se ha aceptado es fundamental por si
surgiera algún problema y hubiera que reclamar.
El
consumidor tiene un plazo de 14 días (naturales desde la aceptación)
para desistir
del contrato,
poniendo fin al mismo sin tener que informar a la empresa sobre sus
motivos. Este desistimiento no puede acarrear al consumidor ningún
tipo de penalización. Si el servicio ha comenzado durante esos 14
días, el consumidor deberá abonar la parte correspondiente al
servicio prestado hasta la solicitud de desistimiento.
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