El director de la Oficina de Protección del Menor del Arzobispado de Valencia, Daniel Juan, informa de la puesta en marcha del Protocolo de Prevención y Actuación en caso de abusos, establecido en la Archidiócesis de Valencia para que sacerdotes, educadores y agentes de pastoral sepan cómo deben actuar ante posibles casos de abuso sexual que puedan darse en las parroquias, centros de formación, in El Protocolo de prevención y actuación en casos de abusos sexuales del Arzobispado de Valencia insta a llevar a cabo una política de “puerta nunca cerrada”, favorecer al menor un "entorno seguro", impulsar líneas formativas, reparar o restaurar "el daño causado" y proteger la "presunción de inocencia" de toda persona acusada.
"Los abusos cometidos en el pasado no los podemos cambiar por desgracia, pero sí que podemos establecer líneas preventivas para el presente y el futuro para que no vuelva a suceder", ha asegurado en rueda de prensa Daniel Juan Tortosa, director de la Oficina de Protección del Menor (OPM) del Arzobispado de Valencia.
La OPM, entidad creada en 2020 para la recepción y tramitación sobre posibles denuncias de abusos sexuales en el ámbito de la Archidiócesis, ha sido la encargada, a instancias del papa Francisco, de elaborar este documento de 113 páginas.
Daniel Juan, que no ha ofrecido datos sobre denuncias recibidas porque están a la espera de una valoración global a nivel nacional, ha indicado que el documento incluye la "justicia restaurativa" porque "optamos por una restauración integral de la víctima".
Este es el decálogo, presentado este jueves, de medidas preventivas y de protección a los menores:
1.- Prohibición de mantener encuentros presenciales o comunicaciones con los menores fuera del contexto pastoral o educativo sin la presencia de los padres o tutores o, al menos, sin su autorización escrita.
2.- Respetar la integridad física del menor, permitiéndole rechazar cualquier muestra de afecto incluso bienintencionada.
3.- Evitar quedarse a solas con un menor sin causa absolutamente justificada y, si hay que hacerlo, siempre en un lugar visible para los demás, dejando la puerta abierta y comunicando a los padres que han estado a solas con su hijo o hija.
4.- En caso de programar cualquier actividad con menores de edad o personas que tienen habitualmente un uso imperfecto de la razón, especialmente si supone la pernocta de estos, es imprescindible contar con la autorización expresa de los padres o tutores del menor. Nunca un adulto debe compartir habitaciones con los menores.
5.- Está totalmente prohibido establecer una relación preferencial con un menor de edad, y es motivo de cese inmediato de la actividad docente o pastoral cualquier relación sentimental, consentida o no, de un adulto docente/monitor/agente de pastoral con un menor de edad.
6.- Si un docente/monitor/educador o agente de pastoral percibe que experimenta cierta atracción pedófila, "debería dejar su responsabilidad inmediatamente y buscar consejo profesional (consejero pastoral o psicológico) para evitar exponerse en situaciones de riesgo".
7.- En la selección de personal, será obligatorio aportar un certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales y Trata de Seres Humanos por toda persona que vaya a tener responsabilidad profesional o voluntaria con menores en el ámbito de las instituciones y actividades diocesana.
Además, todos los clérigos, docentes y laicos firmarán voluntariamente un documento de responsabilidad personal donde declarará conocer, aceptar, respetar y cumplir el contenido del Protocolo de la Archidiócesis.
8.- Se promoverá una labor de concienciación y prevención "sobre la maldad de los abusos sexuales" que debe abarcar todos los ámbitos de la Archidiócesis y llegar tanto a adultos como menores, adaptándolo a su edad y tarea pastoral.
Se revisarán los planes de formación para incluir sesiones especiales para la prevención de los abusos sexuales, y promover un plan de educación en la autonomía personal.
9.- Al seleccionar docentes o agentes de pastoral, existirá un compromiso de participar en talleres de formación programados por la Diócesis, sobre abusos y sus consecuencias, que se destinen a aquellas personas que trabajen con niños y adolescentes.
10.- En ningún caso debe ocultarse o ignorarse situaciones de abuso sexual. La ocultación o el silenciamiento de los casos de abuso sexual sólo sirve para perpetuar el daño causado a las víctimas y aumentar el riesgo de que se produzcan más abusos.
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