Imagen de archivo de una investigación realizada por la Guardia Civil. EFE Un hombre tendrá que permanecer ingresado en un centro
psiquiátrico penitenciario por un tiempo máximo de 25 años por intentar causar
la muerte de cinco personas, dos de ellas, agentes de la Policía Local, a las
que no conocía, tras sufrir un brote psicótico, en un suceso ocurrido en
Pedreguer (Alicante).
Así lo concluye la sentencia dictada por un tribunal de la Sección Tercera de
la Audiencia, en la que se absuelve el acusado de un delito de asesinato en
grado de tentativa, de otros dos homicidios igualmente intentados, de otro
intento de homicidio cometido sobre un agente de la autoridad y de otro delito
de atentado con instrumento peligroso.
De este modo, en lugar de condenar al procesado como autor del conjunto de esas
agresiones, ordena su ingreso en un centro psiquiátrico, tras concluir que
padece una grave enfermedad mental y que "tenía gravemente afectadas las
capacidades volitivas e intelectivas" en el momento en el que
transcurrieron los hechos.
En concreto, a la vista de los informes forenses practicados, la sentencia
establece que el acusado presenta una "esquizofrenia paranoide crónica,
sin conciencia de enfermedad", por lo que sustituye la pena condenatoria
por una de internamiento en centro psiquiátrico.
El tribunal precisa que por el conjunto de esos hechos le correspondería el
cumplimiento de 30 años y seis meses de internamiento, pero los rebaja a los 25
años fijados como máximo legal. Además, concreta que debe asumir el pago de
indemnizaciones al conjunto de sus víctimas por un valor total de 192.980
euros.
Los ataques tuvieron lugar el pasado 30 de junio de 2019. La resolución
judicial considera probado que el acusado, de 25 años, se acercó hasta su
primera víctima, un hombre que se encontraba sentado en la terraza de un bar de
Pedreguer, y le asestó un golpe en la cabeza con una barra de hierro que se había
fabricado sin que su víctima tuviese capacidad de reacción.
El agredido cayó al suelo y el procesado continuó golpeándole hasta que una
vecina que había presenciado los hechos comenzó a gritar, desviando su
atención.
En ese momento, el acusado se dirigió hasta el domicilio de esa mujer, saltó la
valla perimetral de la parcela de su domicilio y empezó a golpear la puerta
para que le abriesen. En ese momento llegó otro vecino del edificio al que el
acusado también golpeó en la cabeza con el mismo objeto contundente.
La esposa de esta segunda víctima acudió en su auxilio e, igualmente, fue
agredida por el procesado. Entre tanto, su marido trató de defenderla provisto
de una horqueta de labranza, pero no pudo evitar que el acusado le volviese a
golpear.
En ese momento llegaron dos agentes de la Policía Local que trataron de que el
atacante depusiese su actitud. Sin embargo, el acusado hizo caso omiso y
agredió a uno de los policías con la horqueta de la que había conseguido
apropiarse.
Luego se ocultó en un trastero, hasta que fue localizado de nuevo por los
policías. Y, nuevamente, el acusado respondió con otra agresión, hasta el punto
de que uno de los agentes tuvo que dispararle en una pierna, después de haber
efectuado un primer tiro al aire.
Finalmente, acudió la Guardia Civil del puesto de Gata de Gorgos, lo permitió
reducir al atacante.
El acusado manifestó en el acto del juicio que no recordaba nada de lo sucedido
y que sabía que en su país siguió un tratamiento médico "porque tenía
ruidos en la cabeza".
El tribunal establece que no existe duda alguna sobre la naturaleza de los
hechos y confirma que son constitutivos de los delitos descritos. No obstante,
añade que "no existe justificación de imposición de pena alguna por los
delitos cometidos por el procesado en un estado de descontrol total" al
padecer esquizofrenia crónica.
De ahí que resuelva acordar su ingreso en un centro psiquiátrico penitenciario
en el que pueda producirse la "observancia" de su tratamiento.
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