Interior de una sala de una audiencia provincial durante un juicio. EFE/Archivo
Un hombre de 29 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a 14 años y seis meses de prisión por violar y golpear a quien fuera su pareja sentimental en Callosa de Segura (Alicante), con quien concertó una cita pese a que había sido condenado previamente por un delito de lesiones en el ámbito de la violencia machista y tenía prohibido aproximarse a menos de 300 metros.
Los hechos enjuiciados tuvieron lugar los primeros días de febrero de febrero de 2021 cuando el tribunal considera probado que el acusado concertó una cita en un solar con quien había sido su pareja, a sabiendas de que la prohibición de aproximarse a ella continuaba vigente.
Con la excusa de que iba a darle comida para los perros, una vez allí juntos le quitó la tarjeta del teléfono móvil, “le amenazó con una fusta, le cogió del cuello y le golpeó con un palo, diciendo que la iba a matar si no hacía lo que él quería” hasta consumar la agresión sexual y después le forzó a acompañarle hasta el domicilio en el que habían convivido tras advertirle de que “si la lías por el camino, te mato” para, una vez allí, volver a agredirla.
Al día siguiente, la obligó a ir a los juzgados de Orihuela “vigilándola en todo momento", para que en el juzgado de violencia sobre la mujer le retirase una denuncia previa que había presentado contra él, pero en ese momento, ella aprovechó para pedir ayuda, lo que permitió que se procediese al arresto del procesado, que se encontraba en las inmediaciones del Palacio de Justicia.
En el juicio, el acusado solo admitió que había estado comunicándose con su expareja a través de mensajes telefónicos en los días previos y que ella había manifestado su intención de retirarle la denuncia. Además, declaró que habían quedado en verse y que, después, ambos fueron a la casa en la que ella residía donde tuvieron relaciones sexuales consentidas.
El tribunal, no obstante, confiere toda credibilidad al testimonio de la víctima por la persistencia y los detalles ofrecidos en todas sus declaraciones a lo largo de la instrucción en una sentencia que subraya que los hechos quedaron corroborados también por la versión ofrecida por dos agentes de Policía Local de Orihuela que practicaron el arresto del acusado y otros dos de la Policía Nacional que entrevistaron a la víctima.
La sentencia no considera probado que el acusado retuviese contra su voluntad a la víctima y que no la dejase salir del domicilio durante toda la noche del 2 al 3 de febrero de 2021, por lo que resuelve su absolución respecto al delito de detención ilegal, pero sí le obliga a indemnizar en 250 euros por las lesiones y en otros 12.000 por los daños morales.
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